(1) Cualquier modificación exterior puede ser legalizada mediante la homologación de la misma en el vehículo incluidas algunas modificaciones artesanales: siempre y cuando se hayan mantenido unos baremos de seguridad (distancias determinadas, que no existan aristas cortantes, etc…). Aunque lo mejor y más sencillo es instalar una pieza comercial que se pueda identificar con marca, modelo y referencia.
(2) Hoy en día las modificaciones interiores son quizás, las que cuentan con más restricciones de todas.
Al sustituir los asientos de serie por unos deportivos, tenemos que tener en cuenta antes de comprar los nuevos asientos que con la normativa actual sólo se pueden homologar un número reducido de asientos que cuenten con certificado de homologación que sea apto para cada vehículo.
En cuanto a instalación de barras o arcos antivuelco:
- Pueden ser artesanales, No pueden ir soldadas: han de ir fijadas mediante la tornillería adecuada para cada caso.
- Es necesario realizar también la homologación de supresión de plazas traseras, con lo que a partir de ese momento el vehículo será biplaza.
(3) Ees muy importante que tengamos en cuenta que los nuevos focos que vamos a instalar cuenten con el marcado de contraseña de homologación europea. Las modificaciones más habituales son la instalación de luces de día en vehículos que no la traían de serie, instalación de luces antiniebla o luces de carretera extra.
(4) Probablemente las reformas de esta categoría son las más comunes. Ante las muchas consultas que tenemos, hay que tener en cuenta que:
- Se pueden homologar unos muelles deportivos con una suspensión roscada, pero si el coche queda homologado con un rebaje de altura de 3cm, en el momento que variemos esa cota ya no estaríamos circulando legalmente. Es una opción muy válida para poder llevar el coche a un circuito y ajustar la suspensión al gusto de cada uno.
- Se pueden homologar muelles importados que no tengan documentación origen.
- Se pueden homologar latiguillos de freno metálicos, siempre y cuando cuenten con unas medidas aproximadas a los originales.
- Se puede homologar un cambio de sistema de frenos, pero si el sistema que se instala no es equivalente al original de serie del vehículo o es de tipo deportivo, aparte del proyecto técnico habrá que realizar ensayos de frenada. Estos ensayos han de ser realizados por un laboratorio de pruebas, con los que nosotros te gestionamos el trámite.
(5) Hay que estudiar cada caso, pero, líneas generales que se han de cumplir:
- El coche donante ha de ser de igual año de fabricación o posterior al coche receptor, de este modo no será imprescindible pasar pruebas de laboratorio de contaminación (con tarifas desorbitadas).
- El motor del vehículo donante no ha de superar un 30% más de potencia respecto al motor original del coche receptor. En caso de que se supere esta cifra no se puede asegurar la viabilidad de la homologación, aunque en muchas ocasiones si no se excede demasiado del 30% de aumento si se puede realizar. Te recomendamos que nos consultes y estudiaremos tu caso en concreto.
- Las cajas de cambio de ambos vehículos deben ser iguales o equivalentes. Si no, se ha de montar la del coche donante junto con el motor.
- Se ha de instalar el sistema de escape completo del coche donante, para asegurar cumplir con la normativa de contaminación.
- Si el sistema de frenado de los dos vehículos es equivalente tendremos dos opciones, cambiarlos o no (nosotros recomendamos el cambio). Cuando no es compatible, hay que instalar cambio obligatoriamente los frenos del donante en el receptor (u otro diferente con más índice de frenada) lo requiere un ensayo de frenada. Éste es el caso más habitual ya que de origen los vehículos cuentan con un sistema de frenado acorde con la potencia que desarrolla su motor.
- No es posible instalar un motor con turbo compresor en un vehículo receptor que originalmente no contaba con ese tipo de alimentación.
- No es posible instalar una caja de cambios 4x4 en un vehículo receptor que originalmente no contaba con ese tipo de transmisión.